Trágico incendio en un bloque de viviendas causa siete muertos en Moscú.

Noticias sobre incendios

Estas lenguas de fuego que salen de las ventanas, dan idea del infierno en el que se ha convertido parte de este bloque de viviendas del centro de Moscú. El incendio se origina en la quinta planta, pero se propaga muy rápido, y termina arrasando también el cuarto y sexto piso. En su interior, hay varios residentes a los que urge socorrer. Logran evacuar a 40 personas, pero el incendio está tan avanzado que no pueden acceder directamente a los pisos afectados. No les queda más remedio que actuar desde fuera. Y lo primero es sofocar unas llamas, que se resisten, desde esta enorme grua.

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Plan de autoprotección

El plan de Autoprotección deberá ser elaborado por un técnico competente.

Hace unos días publicábamos sobre los planes de autoprotección, ahora que el riesgo de incendio es más frecuente que en otras épocas del año. Para garantizar un adecuado nivel de seguridad a las instalaciones de producción, a las personas involucradas en sus procesos y a los ciudadanos amenazados por ellos, la Administración se ha preocupado por incrementar el nivel de autoprotección de los ciudadanos, en general, frente a los riesgos derivados de todas sus actividades productivas y sociales dando lugar, a lo largo de los años, a la creación de una organización de Protección Civil.

plan de autoproteccion y emergencias

Instituciones y ciudadanos, demandaron con insistencia los instrumentos básicos que les permitieran, a su vez, estructurar y desarrollar su autoprotección frente a los complejos riesgos de la vida moderna. Como consecuencia de ello, se elaboró la Norma Básica de autoprotección, que define, desarrolla y establece los mecanismos de control por parte de las administraciones públicas.

¿Quién tiene que elaborar un plan de autoprotección?

La norma distingue una serie de niveles en las obligaciones de autoprotección y respeta la normativa sectorial específica de aquellas actividades que deben tener un tratamiento singular por su potencial peligrosidad, importancia y posibles efectos perjudiciales sobre la población, el medio ambiente y los bienes.

Establece la obligación de elaborar, implantar materialmente y mantener operativos los Planes de Autoprotección, determina el contenido mínimo que deben incorporar en centros, establecimientos y dependencias que potencialmente pueden generar o resultar afectadas por situaciones de emergencia. Incide no sólo en las actuaciones ante dichas situaciones, en el análisis y la evaluación de los riesgos, en la adopción de medidas preventivas y de control, así como en la integración de las actuaciones en emergencia en los correspondientes Planes de Emergencia de Protección Civil.

Según la norma, “el Plan de Autoprotección deberá ser elaborado por un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad”.

Donde es obligatorio un Plan de Autoprotección

La Normativa Básica de Autoprotección será de aplicación a todas aquellas actividades, centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias que puedan resultar afectados por situaciones de emergencia:

  • Edificios que alberguen actividades comerciales, administrativas, de prestación de servicios, o de cualquier otro tipo, siempre que la altura de evacuación del edificio sea igual o superior a 28 m, o bien dispongan de una ocupación igual o superior a 2.000 personas.
  • Instalaciones cerradas desmontables o de temporada con capacidad igual o superior a 2.500 personas.
  • Instalaciones de camping con capacidad igual o superior a 2.000 personas.
  • Actividades desarrolladas al aire libre con un número de asistentes previsto igual o superior a 20.000 personas.
  • Teatros, auditorios, salas de congresos o cines con una ocupación inferior a 2.000 personas y superior a 500 personas
  • Discotecas, salas de fiesta y otros establecimientos abiertos al público, no incluidos explícitamente en el anexo I del RD 393/2007 y con una ocupación inferior a 2.000 personas y superior a 500 personas.

El control de estos riesgos conlleva la obligación de realizar un plan de autoprotección.

  • Conciertos o espectáculos públicos, actividades recreativas deportivas en espacios no cerrados al aire libre, no incluidos en el apartado A del RD 393/2007 y un número de asistentes previsto inferior a 15.000 personas y superior a 1.000 personas
  • Actividades de espectáculos públicos, las actividades recreativas y las actividades deportivas al aire libre en espacios cerrados con una capacidad de aforo igual o superior a 500 personas e inferior a 5.000 personas.
  • Actividades en espacios públicos de riesgo, de carácter festivo, tradicional o popular
  • Edificaciones e instalaciones aisladas situadas en terrenos forestales (excepto las destinadas a explotaciones agrícolas y ganaderas y las viviendas vinculadas.
  • Establecimientos de uso educativo con una ocupación inferior a 2.000 personas y superior a 500, las guarderías y las ludotecas.
  • Todos los edificios que acojan actividades comerciales, administrativas, de prestación de servicios o de cualquier otro tipo, siempre que no pertenezcan al apartado A del RD 393/2007 o tengan una ocupación inferior a 2.000 personas y superior a 500 personas.
  • Pruebas deportivas fuera del casco urbano o en tramos.
  • Pruebas deportivas en el casco urbano y más de 1.000 participantes.
  • Actuaciones o exhibiciones con fuego o fuegos de artificio no incluidos en el apartado A del RD 393/2007.
  • Campings no incluidos en el apartado A y B del RD 393/2007 que estén ubicados a menos de 500 metros de una masa forestal.
  • Campings no incluidos en el apartado A y B del RD 393/2007 que estén ubicados en zonas definidas como zonas de riesgo definidas en los planes de protección civil.

 

Los bomberos extinguen un incendio en un edificio abandonado de la calle Alta en Santander.

Noticias sobre incendios

Los Bomberos Municipales de Santander han extinguido esta pasada noche un incendio en un edificio abandonado de la calle Alta y, aunque se desconoce el origen del fuego, se sabe que en su interior había okupas. Los Bomberos recibieron el aviso del fuego, que se inició en uno de los pisos de la primera planta, a las 21.00 horas y desplazó hasta el lugar la escala y dos dotaciones, así como a toda la jefatura del parque.

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